Le acercamos la oportunidad de vender su farmacia

Decida qué comprador se adapta más a usted

¿Cuál es nuestra labor en la venta de su farmacia?

Le acompañamos hasta finalizar la operación

Tasación

Realizamos una estimación del mercado para calcular el valor de su farmacia, en base a comisiones, entorno, gastos de local, nóminas, etc.

Negociación

Contamos con una base de datos de inversores interesados en toda España, buscamos a aquellos que más se adaptan a las necesidades de su empresa. Mediamos por usted la mejor transacción, siempre bajo los requisitos acordados previamente.

Venta

En caso de que ambas partes lleguen a un acuerdo, nos encargamos de cerrar por completo el contrato. Elaborando todos los procesos y trámites necesarios, con un continuo asesoramiento legal al cliente.

Contamos con más de 25 años de experiencia para que su venta sea lo más sencilla para usted y con total legalidad.

Si es usted farmacéutico y quiere vender su farmacia

¿Puedo venderla libremente?

En principio, si usted es titular y tiene una licencia en regla de farmacia puede perfectamente traspasar su negocio. Las únicas limitaciones existentes son las referidas a farmacias hipotecadas o bajo suspensión judicial.

¿Qué requisitos y condiciones debo cumplir para traspasarla?

Debe tener la titulación en regla del negocio, y la decisión firme de vender su licencia o derecho de apertura.

¿Qué se trasmite cuando se vende una?

El derecho de apertura y el fondo de comercio, junto con ello se suele vender también el stock y, en su caso, distintos medios técnicos (ordenadores, programas informáticos, neveras, robot, etc.). Todo lo detallado, especialmente el stock, tienen una valoración aparte.

¿Se podría hacer una sociedad dueña de una farmacia?

Una sociedad no puede adquirir una. El titular debe ser necesariamente una persona física licenciada/graduada en farmacia. Por lo cual, alguien sin los estudios requeridos no puede realizar la compra del negocio.

Pero, si se pueden realizar cuantos pactos y acuerdos se crea útiles, sin contrariar la ley, para atender las necesidades de su negocio.

¿Pueden ser dos farmacéuticos titulares del negocio?

Es completamente legal y, de hecho, es una opción cada vez más frecuente en la actualidad. En concreto, lo más usual es constituir una Comunidad de Bienes entre los dueños, fijando las premisas de la administración conjunta de la empresa. No es lo mismo una Sociedad Limitada, etc. que una Comunidad de Bienes, y no se debe confundir.

¿Puede un extranjero adquirir una farmacia en España?

Cualquier extranjero con un título de farmacia reconocido en España, puede comprar una. Cumpliendo sus requisitos de residencia, trabajo, etc. exigidos por las autoridades españolas, no hay ningún impedimento. Respecto a los titulados en farmacia de los países de la Unión Europea, el Real Decreto 1667/1989 regula el reconocimiento de sus títulos en todos los países de la Unión Europea.

¿Qué impuestos tendré que pagar si la vendo?

Es una operación no sujeta a IVA ni tampoco a trasmisiones patrimoniales. Sin embargo, el vendedor tendrá que pagar en renta (IRPF anual) por incremento patrimonial, aunque esto último, dependiendo de circunstancias personales, podría ser evitable.

Si el local donde está ubicada es alquilado, ¿cómo influye esto en el traspaso?

Hay que comprobar primero el contrato de arrendamiento existente, al objeto de ver si hay pactos establecidos entre las partes que lo firmaron, así como el tiempo de duración del mismo.

Teniendo en cuenta que la Ley de Arrendamientos Urbanos – 29/1994 de 24 de noviembre – establece la libertad de pactos.

Por otro lado el artículo 32 de la indicada ley dice:

1.- Cuando en la finca arrendada se ejerce una actividad empresarial o profesional, el arrendatario podrá subarrendar la finca o ceder el contrato de arrendamiento sin necesidad de contar con el consentimiento del arrendador.

2.- El arrendador tiene derecho a una elevación del 10% de la renta en vigor en el caso de producirse un subarriendo parcial, y del 20% en el caso de producirse la cesión del contrato o el subarriendo total de la finca arrendada.

3.- No se considerará cesión si el cambio producido en la persona del arrendatario es por consecuencia de la fusión, transformación o escisión de la sociedad arrendataria. Aun así, el arrendador tendrá derecho a la elevación de la renta prevista en el apartado anterior.

4.- Tanto la cesión como el subarriendo deberán notificarse de forma fehaciente al arrendador en el plazo de un mes desde que aquellos se hubieran concertado.

¿Cómo puedo saber su valor?

Obviamente, hasta el cierre de cada operación, no se puede saber el precio exacto. Aproximadamente (aunque ello es solo una estimación, pues cada farmacia es un mundo) podemos calcular el valor multiplicando las ventas anuales del ejercicio anterior por un índice corrector de entre un 1,2 a un 1,8. De todos modos, repetimos, esto es orientativo, pues intervienen muchos más factores como por ejemplo: la ubicación y proyección de crecimiento de la zona, el título jurídico sobre el local – propiedad o alquiler -, el personal, etc.

Si traspaso mi negocio, ¿qué pasará con mis empleados?

Si no se llega a un acuerdo entre las partes, cuyo pacto no ha de ser contrario a las leyes pues no serían válidos, se produciría una sucesión de empresa y el futuro del personal que estaba trabajando pasaría a ser decisión del nuevo titular.

Puede ocurrir que el adquiriente quiera la farmacia sin personal, en ese caso el transmitente tendría que despedir previamente (en principio, despido improcedente) e indemnizar a sus empleados.

¿Pueden los Colegios Profesionales cobrar algún tipo de tasa por la venta de una?

No, los Colegios Profesionales no pueden cobrar tasa alguna en concepto de derechos de traspaso, ya que ese hipotético cobro no se encuentra amparado en normativa alguna.

Cumpliéndose todos los requisitos exigidos por la normativa en vigor, los Colegios Profesionales no pueden oponerse a los traspasos. Inclusive las autorizaciones administrativas de traspaso de las Comunidades Autónomas, obligatorias, son meramente declarativas.

Consejos para traspasar su oficina de farmacia

 

Nuestro despacho tiene más de 25 años de experiencia, consiguiendo los conocimientos necesarios para ayudar a nuestros clientes en su beneficio.

 

El valor añadido de nuestra experiencia, legal, humana y de conocimientos de las preocupaciones del sector, nos permite destacar entre la competencia. No obstante seguimos aprendiendo de nuestro trabajo, pues nunca, nadie, puede afirmar que lo sabe todo, y si alguien lo hace estará faltando a la verdad.

Nuestra experiencia nos permite darle estos consejos:

Nunca lleve a cabo un traspaso por sí mismo...

Ir acompañado de una empresa experta en la materia siempre le beneficiará.

Conciénciese...

Su oferta no es la única en el mundo, hay más, y por lo tanto los compradores no van a pagarle de entrada lo que usted pida. De alguna manera si decide traspasar estará compitiendo con otras.

Conozca los requisitos...

¿Quién me la puede comprar? ¿Cuánto tiempo tiene que haber estado abierta para poder venderse? ¿La puedo vender aun así? ¿Hay prohibiciones que me lo impidan? ¿A dónde tengo que dirigirme para solicitar el permiso administrativo de venta? ¿Qué papel juega el Colegio de Farmacéuticos en la operación? ¿Cuánto tiempo dura todo el proceso? ¿Qué contratos tengo que hacer? etc.

Asegúrese del valor de su farmacia y no se crea todo lo que oiga...

Es imprescindible hacer una correcta tasación. La regla general de multiplicar por un determinado índice corrector las ventas anuales del ejercicio anterior, es meramente informativa y orientativa.

Hay más factores que inciden en el precio final, como por ejemplo: el personal, la ubicación, el estado y decoración del local, si este es en propiedad o en alquiler, el tipo de ventas, libres o no, el disponer o no de hardware y software actualizado, etc.

Tampoco funciona poner un precio elevado por “no tener prisa“, se está auto-engañando...

Si usted decide vender es porque, por los motivos que sea, tiene realmente intención de vender. Si usted tasa su farmacia en una cifra mayor al precio de mercado se estará poniendo muchas trabas en el camino. Si hace eso, el potencial comprador se podría inclinar hacia otras. Recuerde, está compitiendo.

No se trata de regalarla, se trata de ser consciente de su valor real, debemos guiarnos por esto y no por hipótesis o ilusiones.

No se trata de regalar, pero tampoco de pasarse...

Hay que poner un precio razonable dentro del mercado.

Hay que diferenciar siempre...

Lo que es en sí la venta de la titularidad, de la venta del stock, y también, un local en propiedad, de la posible venta o alquiler de este.

Es importante ser capaz de decir que NO...

Cualquier operación efectuada con prisas tiene toda la probabilidad de no salir bien, o de no estar satisfechos después del cierre del trato. No hay que dejarse llevar ni por las prisas ni por las primeras ofertas. Hay que saber negociar. Las ofertas desproporcionadas suelen tener “truco”.

Preguntas que nos suelen hacer

La venta de farmacias necesita unos trámites legales y administrativos que requieren la supervisión de expertos en la materia, estas son algunas de las preguntas que se plantean al llevar a cabo una venta.

Expertos en traspasos de farmacias

Somos un equipo de abogados y consultores que conoce el panorama competitivo del mercado… Cuéntanos tus necesidades y te ayudamos a tener una venta con el mayor beneficio.